CF01-128-A-2002

Máxima 14

Aún y cuando el heredero no interviene por derecho propio en un proceso de alimentos, se entiende que representa al causante, quien al fallecer no cesa en sus derechos y obligaciones, los que transmite a sus herederos y en relación a éstos, subsiste obligaciones de tipo familiar, mercantil, civil, etc. dentro de las primeras, puede ser demandado por ejemplo: en juicio de paternidad o de alimentos.

 

Términos del Tesauro

  • HEREDEROS
    • Representa al causante, quien al fallecer no cesa en sus derechos y obligaciones
 

Conceptos

  • Temas: Heredero    
  • Temas: Causante