CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Doctrina Legal
No
Fallo
No ha lugar la petición realizada.
Cuadro fáctico
El solicitante pidió se le extendiera certificación de los conflictos de competencia a que hace referencia en su solicitud presentada a la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, dado el requerimiento que le hiciera el Juzgado de lo Civil y Mercantil de Sonsonate, en el proceso que sigue en esa instancia como apoderado general judicial de una sociedad mercantil. La Corte Suprema de Justicia, resolvió no ha lugar a la petición realizada, en virtud que al encontrarse disponibles las resoluciones en el portal en línea del Departamento de Documentación Judicial de dicha Corte; y por gozar de la característica de publicidad, debe entenderse que son de dominio público, por tanto, resulta inoficiosa la expedición de la certificación solicitada; que el requerimiento de certificaciones de precedentes ya publicados por esa Corte, no potencializa el correcto desarrollo de la actividad jurisdiccional, en tanto que por su carácter de público, los hechos de notoriedad general, incluidos los precedentes emitidos por autoridad judicial, no deben ser probados; y pueden ser comprobados directamente por dicha autoridad.