CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Tribunales en conflicto
Juzgado de lo Civil de Usulután y Juzgado de Primera Instancia de Jucuapa
Tipo de juicio
Proceso declarativo común de existencia de deuda y obligación de pago e intereses legales
Fallo
Declárase que es competente para conocer y resolver de las presentes diligencias, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Miguel, departamento de San Miguel.
Cuadro fáctico
La discrepancia entre los juzgadores que han provocado el presente conflicto de competencia, radica en la competencia territorial y objetiva para conocer. El primero rechaza el conocimiento del mismo, atendiendo a que todos los demandados son del domicilio de Jucuapa, tal y como consta en la demanda, por lo que aplicando la regla general contemplada en el art. 33 del Código Procesal Civil y Mercantil, no es competente territorialmente hablando. El juzgado remitente, sin embargo, fundamenta su decisión atendiendo a que carece de competencia objetiva, pues existió una omisión de Contrato de Prestación de Servicios, lo que, a criterio de dicho juzgado, constituye un acto administrativo, siendo la jurisdicción contenciosa administrativa la que ostenta competencia.