Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Tecla y el Juzgado Segundo de Paz, ambos de Santa Tecla, La Libertad
Código Procesal Penal Aplicado
D.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Fallo
Determina que no se está ante un verdadero conflicto de competencia y se ordena al Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Tecla, La Libertad que conozca del proceso penal
Delitos
Robo agravado
Cuadro fáctico
Se sustancia aparente conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Tecla y el Juzgado Segundo de Paz, ambos de Santa Tecla, La Libertad. El Juzgado Segundo de Paz inició la sustanciación de procedimiento sumario, el cual en virtud de petición de la Fiscalía General de la República, debido a la complejidad de las diligencias a realizar ordenó el cambio de procedimiento sumario a procedimiento común, y remitió las diligencias al Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Tecla, autoridad judicial que consideró que debía sustanciarse por la vía sumaria, por lo que planteó el conflicto de competencia. Posterior al análisis realizado por Corte Plena se resolvió declarar que no se ha configurado legalmente conflicto de competencia entre los Juzgados Segundo de Paz y Segundo de Instrucción, ambos del distrito judicial de Santa Tecla, La Libertad, y se ordena al Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Tecla, La Libertad que conozca del proceso penal.