CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Tribunales en conflicto
Juzgado de lo Civil de Soyapango (2) y Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil, de San Salvador (3)
Tipo de juicio
Proceso declarativo común de nulidad de declaratoria de heredero
Fallo
Declárase que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado de lo Civil de Soyapango, departamento de San Salvador (2))
Cuadro fáctico
El primer funcionario sostuvo el criterio de incompetencia bajo la premisa que no es aplicable la regla de competencia del domicilio del demandado, por ser la pretensión incoada, una cuestión hereditaria; y por ello, debe seguirse la regla especial del último domicilio del causante, que prescribe el art. 35 inc. 3° del Código Procesal Civil y Mercantil. Por el contrario, el segundo funcionario fue del criterio que la pretensión no versa sobre una cuestión hereditaria, por lo que, debe aplicarse los dispuesto en el art. 33 inc. 1° del mismo código, el cual, determina la competencia territorial con base al domicilio del demandado, es decir el Juzgado de lo Civil de Soyapango, es el competente para tramitar y dirimir el presente proceso.