CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Tribunales en conflicto
Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Salvador y el Juzgado de lo Civil de San Vicente
Tipo de juicio
Proceso ejecutivo
Fallo
Declárase que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la ciudad y departamento de San Salvador
Cuadro fáctico
En su declinatoria, el primero de los referidos juzgados centró sus argumentos en que, de conformidad con lo establecido en el inciso primero del artículo 33 Código Procesal Civil y Mercantil, el cual determina una regla general de competencia por razón del territorito, que establece que será competente por razón del territorio el tribunal del domicilio de la parte demandado, por lo que debe considerarse el último domicilio del causante, es el municipio de Guadalupe, San Vicente. Por su parte, el segundo de los referidos juzgados centró sus argumentos en el sentido que se corroboró de la lectura de la demanda y visto los documentos base de la pretensión que ambas partes comparecieron al otorgamiento del contrato de préstamo mercantil y sus modificaciones y con ello, se tiene suficientemente acreditado el requisito de bilateralidad, que se exige para dotar de validez al domicilio especial como parámetro para establecer la competencia territorial.