CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Tribunales en conflicto
Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil (3) de San Salvador y Juzgado de lo Civil (1) de Soyapango
Tipo de juicio
Proceso ejecutivo
Fallo
Declárase que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado de Cuarto de lo Civil y Mercantil (3) de San Salvador, departamento de San Salvador.
Cuadro fáctico
El primer funcionario expresó que en el mutuo se estipuló que solamente el deudor aceptaba someterse al domicilio especial de San Salvador, a cuyos tribunales se somete de conformidad a la Ley de Bancos; y que el demandado en el documento base de la acción aparece del domicilio de Soyapango y considera que en el mutuo, éste no se ha sometido voluntariamente a la jurisdicción de dicho tribunal, pues lo suscribe solamente él, por tanto, consideró que debía prevalecer la regla general del domicilio del demandado y se declaró incompetente en razón del territorio. El segundo funcionario sostuvo que en la demanda se dijo que el demandado es del domicilio de San Salvador, y además, que su actual residencia es Cuscatancingo, departamento de San Salvador. Además, expresó que tal como lo ha advertido el juzgado declinante, el demandado en la cláusula VII) del documento base de la acción se sometió a los tribunales de San Salvador; sin embargo, considera que la fijación de un domicilio especial solo surte efecto cuando este ha sido producto de un acuerdo de voluntades entre los contratantes y que en el caso particular, consta el sometimiento expreso de ambas partes, por tanto, concluyó que era incompetente.