CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Tribunales en conflicto
Juzgado de lo Civil de San Marcos y Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil (2), de San Salvador
Tipo de juicio
Proceso ejecutivo
Fallo
Declárase competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, al Juzgado de Menor Cuantía que por su orden corresponda, de la ciudad y departamento de San Salvador.
Cuadro fáctico
El primer funcionario manifestó que al existir un lugar específico para efectuar el pago consignado, en el títulovalor que respalda la obligación, de conformidad al Art. 625 del Código de Comercio, debe a recurrirse al mismo para atribuir competencia territorial a determinado juzgador, y agregó que en el caso en particular no se está ante la falta de estipulación en el título valor, del lugar de pago de la obligación, por lo que consideró que el tribunal competente para conocer del proceso es el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil (2) de San Salvador. El segundo funcionario resolvió que la competencia en razón de la cuantía viene determinada únicamente por la cantidad reclamada como pretensión principal, por lo que, de acuerdo con el art. 31 Ord. 4' del Código Procesal Civil y Mercantil, conocerán los Juzgados de Primera Instancia de Menor Cuantía, de los procesos ejecutivos cuya cuantía no supere los veinticinco mil colones o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América; por consiguiente, carece de competencia objetiva y al no existir ningún otro elemento que determine el conocimiento sobre los hechos controvertidos en la demanda, declaro improponible la demanda.