CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
FAMILIA
Tribunales en conflicto
JUZGADO TERCERO DE FAMILIA vrs. JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA, AMBOS DE SAN SALVADOR
Tipo de juicio
Proceso de cesación de la obligación alimenticia
Fallo
Declárase que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado Tercero de Familia (1) de San Salvador
Cuadro fáctico
Conflicto de competencia negativa, suscitada entre el Juzgado Tercero de Familia (1) y el Juzgado Segundo de Familia (1) ambos del municipio de San Salvador, para conocer en Proceso de Cesación de Obligación Alimenticia. El primero de los funcionarios advirtió que, la obligación alimenticia que se pretende cesar, fue impuesta por el Juzgado Segundo de Familia (1) de San Salvador, es por ello, que es el competente para conocer de la pretensión.
El segundo sostuvo que, en esa sede se dictó la sentencia que se pretende se cese, sin embargo, la Corte modificó el criterio que ha sostenido anteriormente en relación a la competencia para conocer de los procesos en aquellos presupuestos a los que alude el art. 83 de la Ley Procesal de Familia, estableciéndose a partir de esa resolución, que dicha competencia, ya no le corresponderá el tribunal que hubiese pronunciado inicialmente la sentencia, sino que deberá darle el trámite de ley, la sede judicial que sea competente conforme a las regla en razón de territorio; por lo que, en el análisis in limine del proceso, consideró que ese tribunal es incompetente de conocer de la pretensión, puesto que no puede interpretarse que el mismo tribunal que emitió la sentencia debe sustanciarlo.
Se resolvió declárase que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado Tercero de Familia (1) de San Salvador.