CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Tribunales en conflicto
Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco y Juzgado de lo Civil (1) de Soyapango
Tipo de juicio
Proceso ejecutivo
Fallo
Declárase que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departamento de Cabañas.
Cuadro fáctico
El primer funcionario sostuvo que de los datos arrojados en la demanda, se deduce que el criterio para definir la competencia es el comprendido en el art. 33 inc. 1° del Código Procesal Civil y Mercantil, es decir, el domicilio del demandado; es éste el que condiciona la presentación de la demanda por parte del actor. EL segundo funcionario resolvió que en el caso de autos, el documento base de la acción es una Letra de Cambio por la cantidad de dos mil dólares de los Estados Unidos de América; por lo que le son aplicables las reglas de competencia para los títulos valores, desarrolladas en los artículos 702,732 y 625 del Código de Comercio. Concluyó, afirmando que el título valor presentado cumple con todos los requisitos establecidos en el art. 702 del Código de Comercio, haciéndose constar en el cuerpo del mismo el lugar donde debe realizarse el pago de la obligación, indicador principal para determinar la competencia territorial.