CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Tribunales en conflicto
Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil (3) y Juzgado Segundo de Menor Cuantía (1), ambos de San Salvador
Tipo de juicio
Proceso ejecutivo
Fallo
Declárase que en el caso de mérito el competente para decidir lo que conforme a derecho corresponda, es el Juzgado Segundo de Menor Cuantía (1) de San Salvador.
Cuadro fáctico
El primer funcionario en conflicto de competencia afirmó que la cantidad real debida y no pagada asciende a un mil ochocientos dólares de los Estados Unidos de América, más accesorios, lo que no supera la cantidad establecida en el art. 31 ord. 4° del Código Procesal Civil y Mercantil, de veinticinco mil colones o su equivalente a dos mil ochocientos cincuenta y siete dólares de los Estados Unidos de América; por lo tanto, en virtud de la cuantía consideró carecer de competencia para conocer del proceso y declaró improponible la demanda. El segundo funcionario afirmó que, con base a las cifras especificadas por el demandante, de conformidad con los art. 23 de la Ley del Sistema de Tarjetas de Crédito, 1113 del Código de Comercio y 31 ord. 4° del Código Procesal Civil y Mercantil, considera que dicho tribunal carece de competencia objetiva en razón de la cuantía para conocer del fondo de la pretensión incoada, dado que la cantidad reclamada excede la cuantía máxima determinada por ley.