CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Tribunales en conflicto
Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San Miguel y Juzgado de Primera Instancia de Chinameca
Tipo de juicio
Proceso declarativo de incumplimiento de contrato
Fallo
Remítanse los autos al Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industria de El Salvador.
Cuadro fáctico
El primer funcionario resolvió que de acuerdo al inciso primero del art. 33 del Código Procesal Civil y Mercantil, será competente el Juez en razón de territorio, salvo excepciones legales y los abogados postulantes afirman que la sociedad demandada, es de ese domicilio, sin embargo consta en la copia simple de testimonio de escritura pública de poder general otorgado por dicha entidad a favor del apoderado, anexado en la demanda, que la sociedad es del domicilio de San Rafael Oriente, departamento de San Miguel, por lo que declaró improponible la demanda por la falta de competencia territorial, al no haberse afectado el derecho material que sustenta la pretensión, contenida en la demanda. El segundo funcionario expresó que existe un defecto en la pretensión, por el sometimiento a la cláusula arbitral la cual, es ley para ambas sociedades, consistiendo en un compromiso pendiente de cumplir y agrego que existe un compromiso arbitral acordado por las dos sociedades que suscribieron el Asocio, las que también acordaron resolver cualquier incidencia mediante el arbitraje, por lo que declaró improponible la demanda presentada.