CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
FAMILIA
Tribunales en conflicto
JUZGADO SEGUNDO DE FAMILIA (2) vrs. JUZGADO TERCERO DE FAMILIA (2), AMBOS DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR
Tipo de juicio
Proceso de modificación de sentencia
Fallo
Declárase competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado Segundo de Familia (2) de la ciudad de San Salvador
Cuadro fáctico
Conflicto de competencia negativa suscitada entre el Juzgado Segundo de Familia (2) y el Juzgado Tercero de Familia (2), ambos de la ciudad de San Salvador, para conocer en Proceso de modificación de sentencia. El primero de los funcionarios manifestó que, con la apertura del proceso, se pretendía modificar una sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Familia (2) de San Salvador; en consecuencia, carecía de competencia funcional para darle trámite a la demanda, entendiéndose que, el juez competente para conocer, es el mismo que decretó la sentencia cuya modificación se pretende.
El segundo por su parte argumentó que, si bien, dicha sede emitió sentencia definitiva en relación al cuidado personal, alimentos y régimen de visitas, sin embargo, afirmó que, reciente jurisprudencia emitida por Corte Plena en el incidente referencia 266-COM-2021, modificó el criterio aplicable en casos anteriores. En dicho precedente jurisprudencial se estableció que, a partir de dicha resolución, la competencia ya no le corresponderá exclusivamente a la sede judicial que hubiese pronunciado la sentencia que ahora se pretende modificar, sino que deberá darle trámite de ley, el juzgado que sea competente en razón del territorio.
Se resolvió declarar que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado Segundo de Familia (2) de la ciudad de San Salvador, pues es al que primero se avocó el demandante.