CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
FAMILIA
Tribunales en conflicto
JUZGADO DE FAMILIA DE CHALATENANGO vrs. JUZGADO DE FAMILIA DE SOYAPANGO
Tipo de juicio
Proceso de divorcio por separación de los cónyuges durante uno o más años consecutivos
Fallo
Declárase que es competente para conocer del proceso de mérito, al Juzgado de Familia de Chalatenango
Cuadro fáctico
Conflicto de competencia negativa suscitada entre el Juzgado de Familia de Chalatenango y el Juzgado de Familia (2) de Soyapango, para conocer en Proceso de Divorcio por separación de los cónyuges durante uno o más años consecutivos. El primero de los funcionarios resolvió: que de conformidad al art. 57 Código Civil, en relación con el artículo 218 Ley Procesal de Familia, el domicilio consiste en la residencia acompañada real o presuntivamente del ánimo de permanecer en ella, y en el presente caso, el domicilio del demandado no se encuentra dentro de la competencia territorial de ese tribunal, sino que corresponde al Juzgado de Familia de Soyapango, pues tal y como se ha conocido en el proceso, el demandado es del domicilio de Soyapango. Razón por la cual se declara incompetente para conocer y remitió el expediente al Juzgado de Familia de Soyapango.
El segundo por su parte indicó que, en el proceso que se remitió a ese tribunal, y que se promovió en un inicio en el Juzgado de Familia de Chalatenango, se manifestó que el demandado es de domicilio desconocido, pero se consignó en la misma, que el último domicilio conocido era la ciudad de Soyapango. Advirtió que, en el presente caso, no ha dejado de ser el demandado de domicilio ignorado, aunque se haya pronunciado su último domicilio conocido, y de tal forma surte la competencia para cualquier Tribunal de la República que conozca la materia de la que se trata, incluyendo al tribunal ante el cual se interpuso la demanda. En conclusión, declinó la competencia, y remitió el proceso a este Tribunal, para que dirima el conflicto.
Se resolvió declarar que es competente para conocer del presente proceso al Juzgado de Familia de Chalatenango, departamento de Chalatenango, al ser el primero al que se avocó la parte.