CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Tribunales en conflicto
Juzgado de lo Civil de Zacatecoluca y Juzgado Primero de lo Civil (1) de San Salvador
Tipo de juicio
Proceso declarativo común de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio
Fallo
Declárase que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado de lo Civil de Zacatecoluca, departamento de La Paz.
Cuadro fáctico
El primer funcionario en conflicto de competencia resolvió que el primero de los demandados tiene por domicilio San Salvador y la segunda Antiguo Cuscatlán; y que la acción que promueve no versa sobre un derecho real porque el domicilio de la cosa le pertenece al demandado y el derecho real es el que se ejerce sobre una cosa que solo está dentro de la capacidad del dueño, razón por la cual la pretensión del actor se ejerce a través de una acción personal, por lo que dicho juzgador considera que la acción personal de los demandados solo puede ser conocida por el juez natural del demandado, que es el de San Salvador. El segundo funcionario sostuvo que en el caso de autos se advierte que existen dos criterios de competencia que pueden ser aplicables al mismo. Por un lado, el domicilio del demandado y por el otro, el lugar en donde se encuentre el bien en litigio, lo anterior en razón que la pretensión de la parte actora, es la prescripción adquisitiva de dominio, es decir, una pretensión que versa sobre un derecho real de dominio, agrega que ambos jueces son competentes para conocer de un determinado proceso, el juez que recibe la demanda debe conocer y a él deberá atribuírsele la competencia, razón por la cual declara improponible la demanda.