CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Tribunales en conflicto
Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Salvador (1) y Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, departamento de La Libertad.
Tipo de juicio
Proceso ejecutivo
Fallo
Declárase que el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, es competente para sustanciar y decidir del proceso de autos.
Cuadro fáctico
El primer funcionario resolvió que el documento base de la pretensión que es un pagaré sin protesto, cumple con todos los requisitos exigidos en el art. 788 del Código de Comercio, a excepción del lugar donde debía realizarse el pago y concluyó que era aplicable lo establecido en el art. 789 del mismo código y arts. 30 ord. 2º, 34 inc. 2º y 40 del Código Procesal Civil y Mercantil, determinando que se tendrá como lugar el que conste en el pagaré como domicilio del demandado; siendo que en este caso en particular, en el pagaré sin protesto consta que el domicilio de este último es en La Libertad, departamento de La Libertad, concluyó inicialmente que la autoridad competente para conocer era el Juez de Primera Instancia de La Libertad, departamento de La Libertad. El segundo funcionario sostuvo que en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia ante la existencia de un conflicto de competencia en razón del territorio, el parámetro a utilizar y el determinante es el domicilio del demandado consignado en la demanda; siendo en este caso, que el demandado es del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de la Libertad, por lo que estimó que carecía de competencia territorial para conocer de la pretensión.