CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
LABORAL
Tribunales en conflicto
JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR vrs. JUZGADO PRIMERO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE SANTA TECLA
Tipo de juicio
Procedimiento de Autorización de Despido
Fallo
Declárase que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador
Cuadro fáctico
Conflicto de competencia negativa suscitada entre el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador y el Juzgado Primero de lo Contencioso Administrativo de Santa Tecla, para conocer en Procedimiento de autorización de despido. El primero de los funcionarios en lo esencial expresó que, el acto controvertido se encuentra inmerso de forma expresa dentro del ámbito competente de la nueva jurisdicción contencioso administrativo, específicamente relacionando lo establecido en el art. 12 inc. 1° de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA). Afirmó que dicha sede judicial carece de competencia objetiva en razón de la materia, relacionando con ello, los arts. 12 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa ¬y 37 y 40 del Código Procesal Civil y Mercantil.
El segundo por su parte expuso que, la LJCA no derogó expresa ni tácitamente la regulación que contiene la Ley Reguladora de la Garantía de Audiencia de los Empleados Públicos no Comprendidos en la Carrera Administrativa en relación al tema en cuestión. Esta última es una ley especial previa, por lo que prevalece respecto de la ley general posterior (LJCA). De tal forma que las reglas previstas para el aludido procedimiento, así como las autoridades competentes para conocer de ello mantienen su vigencia y eficacia. Lo anterior impide configurar una pretensión o un tema de conocimiento que pueda ser sometido a la jurisdicción contencioso con fundamento en los arts. 1, 3, 10 y 12 de la LJCA, aseverando que no se estaría conociendo de una actuación u omisión de la Administración Pública, sino un mero procedimiento para autorizar o no un despido de un empleado.
Declárase que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador.