CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
LABORAL
Tribunales en conflicto
JUZGADO DE LO CIVIL DE SOYAPANGO vrs. JUZGADO DE LO CIVIL DE APOPA
Tipo de juicio
Procedimiento de Autorización de Despido
Fallo
Declárase que es competente para continuar en el conocimiento y decidir el caso de mérito, el Juzgado de lo Civil de Soyapango
Cuadro fáctico
Conflicto de competencia negativa suscitada entre el Juzgado de lo Civil de Soyapango y el Juzgado de lo Civil de Apopa, ambos del departamento de San Salvador, para conocer del Procedimiento de Autorización de Despido. El primero de los funcionarios expresó, que esta Corte, en sentencia emitida el día diecinueve de marzo de dos mil diecisiete en Conflicto de Competencia estableció que "[...] es imperioso destacar que la Ley de la Garantía de Audiencia de los Empleados Públicos no Comprendidos en la Carrera Administrativa, establece que en los casos que no exista procedimiento legal establecido para garantizar el derecho de audiencia durante un proceso de destitución o despido de un empleado, se debe en primer lugar comunicar por escrito, al Juez de Primera Instancia (sic) que conoce en materia civil de la jurisdicción donde aquél desempeñe el cargo o empleo, la decisión o remoción o destitución, justificando la misma, expresando las razones legales para hacerlo entre (Art. 4. lit. a). Posteriormente, será dicho juez el competente para autorizar si procede o no dicha pretensión." Por lo que, en base a la resolución previamente relacionada, dicho juzgado declaró improponible la solicitud, por ser incompetente para conocer del proceso en razón del territorio y por considerar que la autoridad competente es el Juzgado de lo Civil de Apopa, departamento de San Salvador, de conformidad a los artículos 15 de la Constitución de la República, y artículos 3 y 17 del CPCM.-
El segundo por su parte se declaró incompetente para seguir conociendo, tomando en consideración lo dicho por el trabajador en su contestación de la demanda que por haber sido trasladado nuevamente a la Aduana Terrestre de San Bartolo, debe conocer el Juzgado de lo Civil de Soyapango, puesto que el momento en que se ordenó el emplazamiento, ya había sido trasladado a la referida Aduana.
Se resolvió declarar que es competente para continuar en el conocimiento y decidir el caso de mérito, el juzgado de lo Civil de Soyapango.