Devolver sin diligenciar la petición de asistencia presentada por la Unidad de Asuntos Legales Internacionales de la Fiscalía General de la República, junto con certificación de esta resolución
Delitos
Administración Fraudulenta
Cuadro fáctico
Se recibe oficio suscrito por el Jefe de la Unidad de Asuntos Legales Internacionales de la Fiscalía General de la República, junto con una solicitud de asistencia dirigida a la República de Guatemala, a fin de recabar información y documentación para ser agregada al proceso penal seguido en contra de dos personas, por la posible comisión del delito de Administración Fraudulenta, previsto y sancionado en el artículo 216 con relación al artículo 42, ambos del Código Penal, en perjuicio del patrimonio de la Fundación para el Desarrollo de la Mujer Salvadoreña, FUDEM. Posterior al análisis realizado por Corte Plena se determina que la tramitación de dicha petición sería extemporánea, debido a que la fecha estaba próxima a cumplirse y no existía suficiente tiempo para su comunicación, por lo que se devolverán las referidas actuaciones, sin perjuicio de la autoridad solicitante formule una nueva solicitud de asistencia, con suficiente tiempo de antelación para llevar a cabo la notificación requerida.
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