Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque y Juzgado Segundo de Instrucción de San Salvador
Código Procesal Penal Aplicado
D.L. Nº 733 del 22 de Octubre de 2008 - VIGENTE
Fallo
Declárase competente al Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, para que conozca de la fase de instrucción del proceso penal
Delitos
Falsedad ideológica
Tribunal[es] de procedencia
No aplica
Cuadro fáctico
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque y el Juzgado Segundo de Instrucción de San Salvador, manifestando el primero que los hechos se basan en un documento suscrito dentro de la jurisdicción de San Salvador, es decir, fuera de la circunscripción territorial de su competencia; el segundo juzgador considera que de lo dicho por la víctima en su entrevista es posible determinar que los hechos ocurrieron en Sensuntepeque, y por tanto el juez natural y competente para conocer es el de dicho lugar. La Corte en Pleno considera que el momento que el documento entró al tráfico jurídico es cuando fue entregado en el Hospital Nacional de Sensuntepeque, es decir, surtió los efectos jurídicos para los que fue creado el documento, a partir del momento que le fue entregado a la víctima, por lo que resuelve declarar competente al Juzgado de Primera Instancia de Sensuntepeque, para que conozca de la fase de instrucción del proceso penal.
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