Magistrados de la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, pretenden sustraerse de conocer del recurso de casación planteado por defensor particular, por manifestar que la Sala conoció anteriormente de los recursos de casación con los mismos hechos, delitos y víctimas, habiendo pronunciado sentencia en el sentido de no ha lugar a casar la confirmatoria de las condenas. Posterior al análisis de la Corte, concluyó que con el objeto de garantizar la imparcialidad que por mandato constitucional deben demostrar los funcionarios judiciales, se considera necesario separarlos del conocimiento del recurso y como consecuencia llamar a los correspondientes magistrados suplentes, para que conozcan del recurso.
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