CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Tribunales en conflicto
Juzgado de lo Civil de Santa Tecla y Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Salvador
Tipo de juicio
Proceso ejecutivo
Fallo
Declárase que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juez de lo Civil de Santa Tecla, departamento de La Libertad (1).
Cuadro fáctico
El primer funcionario manifestó que el sometimiento al domicilio especial plasmado en el documento base de la pretensión fue unilateral, pues no compareció a su otorgamiento la acreedora, y que además de la demanda se colige que los demandados son del domicilio de San Salvador, jurisdicción que surte fuero, motivo por el que se declaró incompetente en razón del territorio. La segunda funcionaria expresó que el documento base de la pretensión solo fue suscrito por los deudores, de modo que debe estimarse que la parte demandante es una asociación cooperativa y por ende se encuentra sometida a lo prescrito en el art. 77 literal g) de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, el cual determina que en caso de acción ejecutiva se tiene por renunciado el domicilio del deudor y se tendrá por señalado el del acreedor, de modo que considerando que en el caso de autos la demandante es del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, debe conocer del caso la sede judicial de dicha circunscripción territorial.