CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Tribunales en conflicto
Juzgado Quinto delo Civil y Mercantil de San Salvador y Juzgado de lo Civil de Santa Tecla
Tipo de juicio
Proceso ejecutivo
Fallo
Declárase que es competente para sustanciar y decidir el caso de mérito, el Juez suplente del Juzgado Quinto de lo Civil y Mercantil de San Salvador (2).
Cuadro fáctico
El primer funcionario en conflicto de competencia manifestó que ante la falta de domicilio especial válido, se debe acudir a la regla contenida en el artículo 33 inciso 1° del Código Procesal Civil y Mercantil, que indica que será competente, el tribunal del domicilio del demandado y siendo que en la demanda se ha consignado que el mismo lo es de Zaragoza, departamento de La Libertad, debe conocer del caso el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, departamento de La Libertad. El segundo funcionario manifestó que el sometimiento al domicilio especial adoptado en el documento privado autenticado de apertura de crédito rotativo presentado, reúne los requisitos para ser válido, pues el mismo fue firmado por ambas partes, razón por las que se declaró incompetente en cuanto al territorio.