CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
CIVIL Y MERCANTIL
Tribunales en conflicto
Juzgado de lo Civil de Zacatecoluca y Juzgado de lo Civil de Santa Tecla
Tipo de juicio
Proceso declarativo común de prescripción adquisitiva extraordinaria de dominio
Fallo
Declárase que es competente para sustanciar y decidir el proceso de que se ha hecho mérito, la Jueza de lo Civil de San Marcos, departamento de San Salvador.
Cuadro fáctico
La primera funcionaria en conflicto de competencia manifestó que el demandante ha señalado como domicilio de su contraparte el de Nuevo Cuscatlán, departamento de La Libertad, y en ese sentido, será competente el tribunal del domicilio del demandado, por lo que al tratarse el proceso de una acción personal que solo puede reclamarse de la demandada, procedió a declarar improponible la demanda por considerar su falta de competencia territorial. El segundo funcionario manifestó que la acción promovida por el demandante recae sobre un derecho real y no personal como lo ha referido la jueza declinante, pues lo solicitado es que se declare a su favor, el derecho de dominio sobre un bien inmueble, por el transcurso del tiempo; en razón de ello, el artículo 35 inciso 1º del Código Procesal Civil y Mercantil, prevé un lineamiento especial que confiere la competencia territorial, al tribunal del lugar donde se encuentre ubicado el inmueble objeto del litigio, que en el caso particular es el municipio de San Francisco Chinameca, departamento de La Paz.