Constitución de la República, arts. 131 ord. 6º y 224 inc. 1º
Demandado
Asamblea Legislativa
Disposición impugnada
Art. 116-A inc. 1º de la Ley de Telecomunicaciones
Cuadro fáctico
Mediante el presente proceso se solicita la inconstitucionalidad del art. 116-A inc. 1º de la Ley de Telecomunicaciones, por la supuesta vulneración a los arts. 131 ord. 6º y 224 inc. 1º de la Constitución de la República. El actor alega que la disposición impugnada contiene una supuesta tasa sobre los servicios de radiodifusión, difusión televisiva terrestre o televisión por cable y difusión televisiva satelital o televisión por satélite, todos por suscripción, pero, en realidad, dicho tributo es un impuesto. Para él, en el tributo no existe una contraprestación a favor de los obligados, porque los servicios gravados no utilizan el espectro radioeléctrico de uso regulado, sino el de uso libre, y en el caso de la transmisión de señales de radio y televisión por medio físico, ni siquiera se usa el espectro radioeléctrico.