Formas sustitutivas de la ejecución de las penas privativas de libertad
Sistema penitenciario progresivo, cuya característica esencial es la fragmentación de la estancia en prisión en varios períodos o etapas, en las cuales, conforme la evolución positiva del recluso, va adquiriendo más ventajas y privilegios
Forma de cumplimiento de la pena, pues el condenado sigue sujeto al control y a la vigilancia de las autoridades encargadas de su ejecución y continúa afectado por intensas limitaciones sobre sus derechos fundamentales
Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de los Reclusos
Variantes que la libertad condicional puede tener en la práctica penitenciaria establecida en el Código Penal
Prohibiciones para obtener la libertad condicional relativas a la reincidencia, pertenencia a bandas o pandillas, tipo de delito, o número de personas que lo cometieron, no vulneran la Constitución
Prohibición para optar a la libertad condicional en razón de la naturaleza del delito cometido establecida en la Ley Contra el Lavado de Dinero y Activos, se interpreta conforme con la Constitución
Prohibición de beneficios penitenciarios por adelantado de forma abstracta, sería restar contenido al mandato de readaptación que imperativamente impone la Constitución
Inaceptable la denegatoria automática o directa de un beneficio penitenciario únicamente en razón del delito, como en el caso del secuestro, antes deben ser analizadas en relación con el derecho a la resocialización de los privados de libertad
TEXTO DE LA NORMATIVA
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