Ante supuestos análogos, la decisión de un Tribunal debe ser igual
Respeto a los precedentes como manifestación específica de la seguridad jurídica y del sometimiento de los jueces al ordenamiento jurídico, no significa la imposibilidad de cambiarlos
Disposición impugnada contraviene lo dispuesto en el art. 3 de la Constitución, ya que realiza una discriminación en razón del sexo carente de razón justificada
Argumento justificativo aducido por la Asamblea Legislativa no resulta atendible pues parte de una visión sesgada de la realidad actual y posiciona a la mujer en un rol social de persona dependiente del marido e incapaz
Disposición impugnada guarda semejanza con casos ya resueltos
Derogatoria genérica de la disposición impugnada en el inciso primero donde contiene la distinción en razón del sexo
Efectos: Sala declara en su fallo de modo general y obligatorio que la disposición impugnada quedó derogada el 20-XII-1983, fecha en que entró en vigencia la Ley Suprema
Ejemplos comparativos de casos donde Tribunal ha determinado el trato desigual en relación al cónyuge del sexo opuesto y que dichas disposiciones se han declarado inconstitucionales
TEXTO DE LA NORMATIVA
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