Inexistencia del vicio alegado respecto al artículo 394 del Código de Trabajo referente a la excepciones, cuando el Ad quem hace una correcta interpretación respecto a los requisitos de forma y plazo para interponerlas
EXCEPCIONES
Cuando el Ad quem ha conocido de las mismas y expuesto las razones por las cuales las declaró sin lugar, el recurrente no puede alegar que ha existido Interpretación errónea de Ley por vulneración al artículo 394 del Código de Trabajo
Forma y plazo para interponerlas
Código de Trabajo, art. 394;
Código Procesal Civil y Mercantil, art. 4;
Código Procesal Civil y Mercantil, art. 5;
Código Procesal Civil y Mercantil, art. 13;
Constitución de la República, art. 11;
Constitución de la República, art. 12