Contenido reconocido por la jurisprudencia del tribunal constitucional salvadoreño
Características distintivas
Prohíbe que la misma autoridad o autoridades del mismo orden, por distintos procedimientos, juzguen y sancionen repetidamente una misma conducta
Artículo 158 romano i, letra a) de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública al imponer inhabilitación para participar en procedimientos de contratación generaba un doble castigo al contratista
LICITACIÓN PÚBLICA
Artículo 158 romano i, letra a) de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública al imponer inhabilitación para participar en procedimientos de contratación generaba un doble castigo al contratista
DOBLE JUZGAMIENTO
Artículo 158 romano i, letra a) de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública al imponer inhabilitación para participar en procedimientos de contratación generaba un doble castigo al contratista
Artículo 10 de la Ley de Procedimientos Constitucionales
TEXTO DE LA NORMATIVA
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