Conocimiento corresponde a los Jueces de primera instancia que conozca en materia civil, conforme a Ley Reguladora de la Garantía de Audiencia de los Empleados Públicos no Comprendidos en la Carrera Administrativa
La Ley Reguladora de la Garantía de Audiencia de los Empleados Públicos no Comprendidos en la Carrera Administrativa no ha sido derogada por la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo
La resolución judicial emitida por un Juzgado con competencia en materia civil, no es acto administrativo, sino un acto jurisdiccional por medio del cual se ejerce un control sobre un acto administrativo
Ley Reguladora de la Garantía de Audiencia de los Empleados Públicos no Comprendidos en la Carrera Administrativa, arts. 3, 4, 6;
Código Procesal Civil y Mercantil, arts. 18, 19