La Sala de lo Civil de la Corte Suprema de Justicia declaró inaplicable el art. 586 inc. 1° del Código de Trabajo —en la parte atinente a "... y con tal de que dichas sentencias no sean conformes en lo principal con las pronunciadas en primera instancia"—, por la supuesta vulneración a los arts. 2 inc. 1°, 3 y 11 de la Constitución, disposiciones constitucionales que, a juicio del citado tribunal, tipifican el derecho a recurrir.