CONFLICTOS DE COMPETENCIA EN DERECHO PRIVADO Y SOCIAL
Materia
FAMILIA
Tribunales en conflicto
JUZGADO TERCERO DE FAMILIA (1) vrs. JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA (1), AMBOS DE SAN SALVADOR
Tipo de juicio
Proceso de cesación de obligación alimenticia
Fallo
Declárase que ninguno de los tribunales en conflicto es competente para conocer de la demanda de mérito
Cuadro fáctico
Conflicto de competencia negativa suscitada entre el Juzgado Tercero de Familia (1) y el Juzgado Primero de Familia (1), ambos de San Salvador, para conocer en Proceso de cesación de la obligación alimenticia. El Primero de los funcionarios manifestó que , en la pretensión de la parte actora coincide con lo regulado en el artículo 38 del Código Procesal Civil y Mercantil (en adelante CPCM), de conformidad al art. 218 de la Ley Procesal de Familia, en el sentido que el tribunal competente para conocer de un asunto lo será también para conocer de las incidencias que surjan sobre él y para llevar a efecto sus resoluciones, razón por la cual se declaró incompetente.
El segundo por su parte sostuvo que, recientemente la Corte modificó el criterio sostenido anteriormente, en cuanto a la competencia para los presupuestos que alude el art. 83 LPF, estableciéndose que dicha competencia ya no le corresponderá al tribunal que hubiese pronunciado inicialmente la sentencia, sino que debe darle trámite de ley, la sede judicial que sea competente conforme a las reglas en razón del territorio y no a la funcional como lo hizo el juzgado declinante; por lo que, declaró que carecía de toda competencia y procedió a remitir los autos a esta sede judicial.
Se resolvió que ninguno de los tribunales en conflicto es competente, siendo competente el Juzgado de Familia de Apopa, departamento de San Salvador.